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Cómo Desalojar a un Okupa en Almería en 2026: Costes y Procedimiento

12 Aug 2026

¿Qué es un Okupa y Qué Dice la Ley en Almería?

Un okupa es una persona que entra y permanece en una vivienda sin el consentimiento del propietario. La legislación es la misma en toda España, ya que se trata de leyes estatales (Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Civil), por lo que lo que se explica aquí aplica igual en Almería capital, Roquetas de Mar, Vera, Mojácar o cualquier municipio de la provincia. Hay diferencias legales entre:

  • Ocupación ilegal (usurpación): Cuando alguien entra en una propiedad deshabitada sin permiso.
  • Inquilino moroso: Cuando alguien deja de pagar el alquiler pero sigue en la vivienda.

El desalojo de un okupa en Almería depende del tipo de ocupación y del proceso legal correspondiente.

Paso 1: Denunciar la Ocupación Ilegal

Si tu vivienda en la provincia de Almería ha sido ocupada recientemente, es clave actuar rápido:

  • ✅ Llama a la Policía Nacional o Guardia Civil (en muchos municipios de la costa almeriense la Guardia Civil es la referencia principal).
  • ✅ Presenta una denuncia en la comisaría o cuartel más cercano indicando que han ocupado tu propiedad.
  • ✅ Aporta pruebas de propiedad (nota simple del Registro de la Propiedad, escrituras, facturas de suministros a tu nombre).
  • ✅ Solicita expresamente que se tramite como desalojo exprés (ver más abajo): la vía rápida no se activa de forma automática.

Si la ocupación es reciente (menos de 48 horas), las fuerzas de seguridad pueden desalojar sin necesidad de orden judicial.

Novedad 2026: el Desalojo Exprés en 15 Días

Con la reforma que permite tramitar la usurpación y el allanamiento de morada como juicio rápido (reforzada por el Real Decreto-ley 2/2026), un propietario puede conseguir la orden de desalojo en un plazo de aproximadamente 15 días desde el juicio (no desde la denuncia), siempre que:

  • Se solicite expresamente la vía de desalojo exprés al presentar la denuncia o querella.
  • Se acredite la titularidad de la vivienda (nota simple registral) y se aporten indicios claros de ocupación ilegal.
  • No concurran causas de suspensión: si el okupa acredita una situación de vulnerabilidad social reconocida, el juez puede pedir un informe a los servicios sociales, lo que alarga el proceso varias semanas.

Ten en cuenta que, de forma paralela, sigue vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables (salvo excepciones, como entrada violenta, indicios de actividad ilícita, o que se trate de la vivienda habitual o segunda residencia del propietario).

Paso 2: Presentar una Demanda de Desalojo

Si los okupas llevan más de 48 horas en la vivienda y no se aplica (o no procede) el desalojo exprés, deberás iniciar un procedimiento legal de desalojo. Existen dos vías:

1. Procedimiento Civil (Desahucio Exprés Civil)

Si eres propietario de la vivienda, puedes iniciar un juicio de desahucio bajo la Ley de Enjuiciamiento Civil ante el Juzgado que corresponda a la localización del inmueble en la provincia de Almería.

  • Plazo: 3 a 6 meses en resolverse (más lento que la vía penal exprés, pero útil cuando no se cumplen los requisitos de esta última).
  • Proceso: Se presenta una demanda en el juzgado, y los okupas tienen 5 días para demostrar que tienen derecho a vivir allí.
  • Resultado: Si no pueden justificarlo, el juez ordena el desalojo.
2. Procedimiento Penal (Delito de Usurpación)

Si los okupas han entrado en tu propiedad sin violencia y sin contrato, puedes denunciar por delito de usurpación (art. 245 del Código Penal). Es la vía que permite acogerse al desalojo exprés de 15 días si se solicita expresamente.

  • Plazo: Alrededor de 15 días desde el juicio si se tramita como exprés; puede tardar más si no se cumplen los requisitos o hay que esperar un informe de vulnerabilidad.
  • Proceso: Se presenta la denuncia en el juzgado, y si se prueba la usurpación, se ordena el desalojo y se imponen multas.
  • Consecuencia para los okupas: Multa de 3 a 6 meses o pena de cárcel si hay violencia.

Paso 3: Orden Judicial de Desalojo

Una vez el juez dicta la orden de desalojo, los okupas tienen un plazo para abandonar la vivienda voluntariamente. Si no lo hacen, se procede con el desalojo forzoso.

  • ✅ La Policía o la Guardia Civil ejecutará el desalojo.
  • ✅ Se recomienda cambiar la cerradura inmediatamente.
  • ✅ Si hay daños en la vivienda, puedes denunciar por responsabilidad civil.

Costes Aproximados para el Propietario en el Desalojo de un Okupa

El desalojo de un okupa conlleva varios gastos que el propietario debe asumir:

  • Honorarios de abogado: Entre 1.500€ y 3.000€, dependiendo de la complejidad del caso.
  • Procurador: Entre 300€ y 600€, obligatorio en el proceso judicial civil.
  • Tasas judiciales: Entre 100€ y 200€, aunque pueden variar.
  • Gastos de cerrajero: Entre 150€ y 300€ para cambiar la cerradura tras el desalojo.
  • Daños en la vivienda: Reparaciones pueden costar desde 1.000€ hasta más de 10.000€, dependiendo del estado en que la dejen los okupas.
  • Pérdida de rentas: Especialmente relevante en zonas turísticas de la costa almeriense, donde la vivienda vacía puede perder ingresos por alquiler vacacional durante el proceso.

En total, un proceso de desalojo puede costar entre 3.000€ y 15.000€, dependiendo de los daños y del tiempo que dure la ocupación.

¿Cuánto Tiempo Tarda en Desalojar a un Okupa en Almería?

El plazo varía según el procedimiento:

  • Desalojo inmediato: Si se actúa en menos de 48 horas desde la ocupación.
  • Desalojo exprés (vía penal, solicitado expresamente): Aproximadamente 15 días desde el juicio.
  • Desahucio civil: Entre 3 y 6 meses.
  • Procedimiento penal ordinario (sin acogerse a la vía exprés): Puede tardar más de 6 meses.

Consejos para Evitar la Ocupación de tu Vivienda en Almería

Para prevenir la ocupación ilegal, especialmente en segundas residencias de la costa que permanecen vacías gran parte del año, sigue estas recomendaciones:

  • Instala alarmas y cámaras de seguridad en viviendas vacías.
  • Mantén la vivienda habitada o en uso (por ejemplo, mediante alquiler vacacional gestionado).
  • Registra la propiedad correctamente para facilitar cualquier trámite legal.
  • Informa a los vecinos o a la comunidad de propietarios para que avisen si ven movimientos sospechosos.

Conclusión

El desalojo de un okupa en Almería puede ser un proceso largo y costoso si no se actúa rápido, aunque la reforma de 2026 ha abierto una vía exprés de unos 15 días para los casos de usurpación o allanamiento, siempre que se solicite desde el primer momento. Lo ideal es denunciar en las primeras 48 horas y pedir expresamente el trámite exprés para evitar una vía judicial más larga.

Si necesitas asesoramiento legal, consulta con un abogado especializado en desahucios de tu zona.

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